Los institutos tecnológicos confian en que las reglas siguientes guiarán los actos de sus ingenieros egresados:

  1. Las normas mas elevadas de integridad y limpia conducta deberán guiarlos en todas sus relaciones.
  2. Mantendrán en todo momento ante la sociedad la dignidad de la profesión en general y la reputacion del instituto.
  3. Debe evitar y desalentar declaraciones sensacionalistas, exageradas y sin garantia.
  4. La primera publicación sobre inventos, descubrimientos o mejoras, deberá hacerse en publicaciones técnicas o a través de sociedades científicas.
  5. Rehusarán comprometerse, cualquiera que sea la remuneracion, en trabajos que crean no seran beneficiosos para sus clientes, a no ser que adviertan primero a estos sobre la improbabilidad de éxito de los resultados.
  6. Mantendrán el principio de que los honorarios irrazonablemente bajos por labores profesionales propenden a un trabajo inferior y sin garantia.
  7. Rechararán la prestación de sus nombres a empresas en entredicho.
  8. Serán conservadores en todos sus presupuestos, informes, testimonios, etc., particulármente en los que se relacionen con la promoción o impulsión de empresas comerciales.
  9. No aceptarán ningún trabajo contrario a la ley o al bienestar publico.
  10. Cuando un profesionista emprenda trabajos para otros, en los cuales haya hecho mejoras, infetos, planos, diseños y otros registros, será preferible que consiga un acuerdo a que los considere de su propiedad.
  11. Un profesionista no puede aceptar honorablemente remuneraciones, compensaciones financieras ni nada semejante, mas que de una sola de las partes interesadas, a no ser que  tenga consentimiento de todas ellas.
  12. Cuando sea consultado para decidir sobre el uso de invenciones, aparatos, procedimientos, etc., en los que tenga algún interés financiero, deberá establecer claramente su situacion en la materia antes de comprometerse.
  13. El profesionista debe esforzarse en todo momento para acreditar trabajos, a quienes tan lejos como su conocimiento alcance, sean los autores reales de ellos.
  14. No se admiten anuncios indignos, sensacionalistas, ni engaños, así como el uso de nombres o fotografias de los miembros del instituto como ayuda de tales anuncios y la utilización del nombre de este instituto en relación con ellos, no se tolerará.